jueves, 13 de enero de 2011

NOTIFICACIÓN

La Dirección de Hacienda de la Alcaldía del Municipio Araure, le notifica a los contribuyentes o responsables del pago del Impuesto sobre Actividades Económicas que hayan obtenido en el año 2010, ingresos superiores a mil unidades tributarias (1000 UT), que deberán presentar ante la Administración Tributaria Municipal, las siguientes Declaraciones Juradas de Ingresos Brutos:

1.    Declaración Estimada de Ingresos Brutos del Ejercicio Fiscal 2011: Establecida en el artículo 46 de la Ordenanza sobre Actividades Económicas de Industrias, Comercio, Servicios o de Índole Similar del Municipio Araure, la cual deberá presentarse entre el  1º de enero hasta el 31 de enero de este año, en la que determinará el Impuesto sobre Actividades Económicas que pagará por cada una de las actividades que va a desarrollar durante el ejercicio fiscal 2010. Con respecto al pago del impuesto anticipado se podrá optar entre pagar el impuesto en una sola porción y gozar de una rebaja del 10%; o hacerlo en forma fraccionada durante el ejercicio fiscal, mediante cuatro (4) cuotas trimestrales.
2.  Declaración Jurada Definitiva de Ingresos Brutos correspondiente al Ejercicio Fiscal 2010: Establecida en el artículo 52 de la Ordenanza sobre Actividades Económicas de Industrias, Comercio, Servicios o de Índole Similar del Municipio Araure, la cual deberá presentarse entre el  1º de enero hasta el 31 de marzo de este año, que contenga el monto de los ingresos brutos efectivamente obtenidos durante el ejercicio fiscal 2009. El pago del impuesto definitivo deberá realizarse en una sola porción.
En relación a los contribuyentes o responsables del pago del Impuesto sobre Actividades Económicas que no hayan obtenido en el año 2010, ingresos superiores a mil unidades tributarias (1000 UT), solamente están obligados a presentar ante la Administración Tributaria Municipal la Declaración Jurada Definitiva de Ingresos Brutos correspondiente al Ejercicio Fiscal 2010, entre el  1º de enero hasta el 31 de marzo de este año.
Lic. Anixon Martínez
Director de Hacienda Municipal

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sábado, 8 de enero de 2011

DECLARACION ESTIMADA 2.011

DECLARACIÓN ESTIMADA DE INGRESOS BRUTOS, para así cumplir con lo estipulado en los Artículos 45, 46, 47, 48, 49, 50 y 51 de la Ordenanza sobre Actividades Económicas de Industrias, Comercio, Servicios o de Índole Similar del Municipio Araure:

El contribuyente o responsable del pago del Impuesto sobre Actividades Económicas que haya obtenido en el año anterior al gravado o período menor anterior al año gravable, ingresos superiores a mil unidades tributarias (1000 UT), deberá presentar entre el 1º de enero hasta el 31 de enero de cada año, ante la Administración Tributaria Municipal, la Declaración Estimada de Ingresos Brutos, en la que determinará el Impuesto sobre Actividades Económicas que pagará por cada una de las actividades que va a desarrollar durante el ejercicio fiscal al cual se refiere la declaración.


AMIGO CONTRIBUYENTE, RECUERDA QUE EL PAGO DE TUS
IMPUESTOS SE RETRIBUYE EN MEJORES SERVICIOS A LA COMUNIDAD