sábado, 8 de enero de 2011

DECLARACION ESTIMADA 2.011

DECLARACIÓN ESTIMADA DE INGRESOS BRUTOS, para así cumplir con lo estipulado en los Artículos 45, 46, 47, 48, 49, 50 y 51 de la Ordenanza sobre Actividades Económicas de Industrias, Comercio, Servicios o de Índole Similar del Municipio Araure:

El contribuyente o responsable del pago del Impuesto sobre Actividades Económicas que haya obtenido en el año anterior al gravado o período menor anterior al año gravable, ingresos superiores a mil unidades tributarias (1000 UT), deberá presentar entre el 1º de enero hasta el 31 de enero de cada año, ante la Administración Tributaria Municipal, la Declaración Estimada de Ingresos Brutos, en la que determinará el Impuesto sobre Actividades Económicas que pagará por cada una de las actividades que va a desarrollar durante el ejercicio fiscal al cual se refiere la declaración.


AMIGO CONTRIBUYENTE, RECUERDA QUE EL PAGO DE TUS
IMPUESTOS SE RETRIBUYE EN MEJORES SERVICIOS A LA COMUNIDAD
 

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